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La reforma de la Ley de
Riesgo del Trabajo vio la luz vía un decreto presidencial. Establece el
aumento de las indemnizaciones por accidentes de trabajo, agrega un pago
único adicional para los damnificados e incorpora nuevos mecanismos en
materia de prevención. No avala la acción civil en caso de
disconformidad del trabajador por la indemnización recibida.
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Después de idas y vueltas en torno al tema, el presidente de la Nación,
Dr. Fernando De la Rúa estableció por decreto (1278/2000) la reforma de la Ley de Riesgo de Trabajo. Como consecuencia inmediata de la puesta en vigencia de la nueva normativa, las indemnizaciones por accidentes laborales llegarán a experimentar incrementos del hasta 318 por ciento, según surge de estudio realizado por la propia
Unión de Administradoras de Riesgo de Trabajo (U.A.R.T.).
Según un estudio realizado por
Mara Bettiol, técnica de la U.A.R.T., basado sobre el promedio de distintas escalas salariales,
el aumento más fuerte se registra en el caso de muerte para los salarios más
bajos. Hasta ahora, frente a la pérdida de vida de un trabajador cuyo salario ronda los 200 pesos mensuales, los derechohabientes obtienen una renta de casi 17.000 pesos; con la reforma, esta suma supera los 70.000 pesos, lo que representa un 318,44% más . |

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Por otra parte, en los casos de incapacidad leve, el aumento es parejo en todos los niveles salariales, alcanzando un promedio del 23%.
Al incremento verificado de las indemnizaciones hay que sumarle, además, la creación de un pago único de 30.000 pesos si la incapacidad es grave, de 40.000 pesos si es muy grave (total) y de 50.000 pesos en caso de muerte.
En su nueva versión la Ley de Riesgo de Trabajo reconoce las enfermedades profesionales que hoy no figuran en el listado oficial, así como también aquellas que aprueben las comisiones médicas, las que se financiarán con el fondo especial que ya está vigente.
Además, permite que los padres puedan cobrar indemnizaciones en el caso de que tenga cónyuge o descendientes.
Por su parte, la Superintendencia de Riesgo de Trabajo también preparó sus propios ejemplos para mostrar el efecto en la reforma. Según sus cálculos, un trabajador de 20 años de edad y un salario de 400 pesos, con una incapacidad total, antes integraba un capital de 55.900 pesos que le alcanzaban para adquirir una renta vitalicia por unos 208 pesos mensuales. Con la reforma integrara un capital de 68.900 pesos que le darán una renta vitalicia de 256 pesos mensuales. A esto habrá que sumarle un pago único adicional de 40.000 pesos.
En cambio, en el caso de fallecimiento de un trabajador de 30 años con un salario bruto de 700 pesos, hasta ahora los derechohabientes obtenían una renta vitalicia de 256 pesos mensuales, que surgían de una indemnización de 65.217 pesos. Con los cambios, la indemnización se eleva a 80.383 pesos, que se traduce en una renta vitalicia de 316 pesos, a lo que se debe sumar 50.000 pesos del pago único adicional.
Finalmente, según la Superintendencia, un trabajador de 60 años que gana un salario bruto de 950 pesos y que es afectado por una incapacidad grave (superior al 55%) obtenía hasta ahora una indemnización de 19.539 pesos. Con la reforma, ésta se incrementa a 73.060 pesos, lo que le dará una renta vitalicia de 523 pesos mensuales, más un pago adicional de 30.000 pesos.
Más prevención, menos juicios
Tal como lo demuestran los ejemplos anteriores, el Poder Ejecutivo Nacional espera frenar la mayoría de los juicios laborales que enfrentan en la actualidad los
empresarios, los cuales están basados sobre la disconformidad cierta del trabajador por el monto indemnizatorio por percibir. Asimismo, el Poder Ejecutivo intenta neutralizar la acción de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados de la Nación que tiene como objetivo reinstalar la vía civil en materia laboral, es decir,
reeditar la "industria del Juicio".
Cabe destacar que el sector empresario había prestado conformidad a estas modificaciones por considerarlas justas, aunque siempre planteó que,
la estabilidad jurídica de un Decreto es de inferior calidad que una Ley del
Congreso, el que no ha mostrado, en su Comisión de Legislación del Trabajo una adecuada comprensión del problema.
Vale señalar que el decreto presidencial hace hincapié en una histórica demanda vinculada a los accidentes de trabajo; que la legislación arbitre los mecanismos para procurar que
los siniestros sean evitados por todos los medios y que las A.R.T. controlen periódicamente que las empresas cumplan con las normas de seguridad obligatorias (ver
"Un poca de prevención").
De acuerdo con los cálculos oficiales, para hacer frente a los aumentos establecidos en los costos del sistema,
la alícuota que pagan hoy los empleadores crecerá alrededor del 40% y pasará del 1,4 al 2% del salario y la cuota promedio subirá 3 pesos, llegando de los 11 pesos promedio a los 14 pesos.
Finalmente vale recordar que, tal como la aseguraron oportunamente las propias A.R.T.,
sobre las casi 500 mil empresas que en la actualidad se encuentran aseguradas, unas 350 mil no cumplen las normas
vigentes. Es interesante señalar que en promedio se producen unas 1.000 muertes laborales y más de 450.000 accidentes de trabajo al año, hechos que determinan que anualmente se pierdan en nuestro país más de 7,5 millones de jornadas de trabajo.
A continuación, la Dip. Margrita Stolbizer, integrante de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados de la Nación y el
Dr. Carlos Brown, presidente de la Unión de Aseguradoras de Trabajo (U.A.R.T.) exponen su detracción y defensa, respectivamente, del decreto firmado por el presidente Fernando De la Rúa poco antes de la finalización del año 2000.
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Un
poco de prevención
| Entre otros puntos, el decreto
1278/2000 sobre Riesgos del Trabajo establece que "las
Aseguradoras de Riesgos de Trabajo deberán establecer
exclusivamente para cada una de las empresas o establecimientos
considerados críticos, de conformidad a lo que determine la
autoridad de aplicación, un plan de
acción que contemple el cumplimiento de las siguientes medidas:
La
A.R.T. controlará la ejecución del plan de acción y estará
obligada a denunciar los incumplimientos de la Superintendencia
de Riesgos del Trabajo. |
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